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El Tribunal Constitucional suspende la Ley de Custaodia Compartida valenciana

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El Tribunal Constitucional ha suspendido la vigencia y aplicación de la ley valenciana por la que custodia compartida de los hijos en las separaciones y divorcios era preferente. Esta norma entró en vigor el pasado 5 de mayo y estuvo impulsada por el PP y Compromís, por ella se establece que, de no haber acuerdo entre los padres y aunque mantengan mala relación, el régimen prioritario de los hijos será el de compartir la convivencia con los progenitores. Por el contrario, el Código Civil considera excepcional la custodia compartida sin acuerdo.

La decisión del Tribunal Constitucional responde al recurso de inconstitucionalidad que presentó el Gobierno de la nación, admitido a trámite el 19 de julio, que considera que la que se conoce como Ley de Custodia Compartida vulnera las competencias del Estado sobre legislación civil.

La decisión del TC implica, de forma automática, la suspensión hasta que decidan los magistrados.

Durante la elaboración de la norma valenciana, algunas instituciones ya alertaron de que podría rebasar las capacidades normativas de la Generalitat. Hasta ahora la ley ha sido aplicada en todos los procedimientos de nulidad, separación, divorcio y medidas paterno-filiales pendientes de sentencia en el momento de su entrada en vigor, pero ahora el marco jurídico vuelve a ser el Código Civil.

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